Propuesta Cubana con respecto a Caribe de tortuga de carey

Hola todos,

La Autoridad Administrativa CITES de Cuba mandó la siguiente propuesta para consideración de los países del rango de distribución. Estan solicitando comentarios al respecto que deberán ser mandados al fax (537) 22 7030, 24 5895.

Pueden mandar también sus comentarios a sus respectivas Autoridades CITES lo antes posible. Sus nombres y direcciones los pueden encontrar en www.cites.org.

A. PROPUESTA

Tranferencia, con nota aclaratoria, del segmento de la poblacion del Caribe de tortuga de carey (Eretmochelys ibricata) que habita en las aguas cubanas* del Apéndice l al Apéndice II, de acuerdo a la Resol. Conf. 9.24, con el propósito exclusivo de permitir:

1. La Exportacion de un solo embarque de todas las existencias actuales de conchas acumuladas, registradas, Provenientes del programa de manejo cubano y hasta marzo del 2000 (7200 Kg. Aproximadamente), hacía Japón el cual no las re-exportara, y

2. El comercio internacional anual en los años sucesivos, de las conchas producidas por la pesca tradicional a Japon, u otras Partes, con controles equivalentes, que no las re-exportaran; las que no excederán de 500 individuos al año.

* De acuerdo con el articulo I (a) de la Convención, la población para la cual se esta solicitando la transferencia al Apendice II es aquel segmento de la población regional enmarcada en las aguas jurisdiccionales de la República de Cuba e incluye los ejemplares de E. imbricata residente, inmigrante y emigrante solamente mientras ellos están localizados dentro de las aguas jurisdiccionales cubanas.

B. PROPONENTE

Republica de Cuba

C. JUSTIFICACION

1. Taxonomia (Resolucion Conf. 9.24, Anexo 6.C. 1)

1.1 Clase: Reptilia
1.2 Orden: Testidinata
1.3 Familia: Cheloniidae
1.4 Especie: Eretmochelys imbricata
1.5 Sinonimo científico: ninguno
1.6 Nombres comunes: Tortuga de carey (español), Hawksbill (ingles), Tortue caret (frances), (Ver Marquez (1990) para nombres locales)
1.7 Número de código: A-301.003.003.001

2. Sumario Ejecutivo

2.1 Perspectiva Regional

2.1.1. La población de Eimdricata de la región del Caribe, representa un mosaico de subpoblaciones de diferentes tamaños y con centros de actividades y rangos de movimientos sobrelapados. Ninguna subpoblacion es cerrada, pero ninguna está mezclada aleatoriamente. la conservacion a largo plazo, el manejo y el uso sostenible a niveles nacional y regional, requieren de atención a corto y largo plazo.

2.1.2. Eretmochelys imbricata, habita en ecosistemas arrecifales costeros aun cuando existen movimientos entre las areas de anidacion y de alimentacion, la mayoría de las poblaciones ocurren la mayor parte del tiempo dentro de las aguas jurisdicionales de los diferentes países de la región. Para mejorar y consolidar el manejo a nivel nacional, dentro de los marcos legales existentes es fundamental mejorar la conservación a nivel nacional y regional.

2-1-3. En la situacion actual de F. imbricata en las aguas territoriales de los diferentes paises del Caribe, se refleja el área de habital en las diferentes naciones, (e) 80 % de los arrecifes coralinos del Caribe están restringidos al 20 % de las naciones), la calidad del habitat, el manejo de la población a través del tiempo y la proximidad de las poblaciones a las principales áreas de alimentacion y de anidacion. No existen dos naciones iguales y no existe una única categorica de estado o prescripción de manejo que sea aplicable a todas las naciones.

2.1.4. Cuba ha estado consiente de la importancia de la cooperación regional, para la conservación y el manejo de E. imbricata y ha contribuido positivamente en favor de esta. Cuba ha celebrado tina reunión regional para discutir el manejo y la conservacion de E, imbricata ha organizado tres programas de entrenamiento y talleres regionales, se ha unido a foros regionales relacionados con estos aspectos (SPAW Protocol, CTMRG, JUCN), ha contribuido al debate de este aspecto dentro de tratados internacionales (CBD, CITES, IACCPST), ha participado en numerosas conferencias técnicas y científicas sobre tortugas marinas, ha integrado acuerdos de cooperación bilateral con países vecinos de la región, ha publicado abierta ytransparentemente los resultados de sus investigaciones, ha visitado los países vecinos para discutir con ellos el programa de manejo de Cuba y así disipar la desinformacion existente, y su programa continua abierto a la opinión internacional y a las críticas constructivas.

2.1.5. Desde una perspectiva regional no cabe duda, que el enfoque de transferir las subpoblaciones nacionales del Apéndice I al Apéndice II, en los países que lo soliciten y que puedan mostrar datos que lo sustenten, es más precautorio que transferir la población global o del Caribe, de una sola vez, al Apéndice II. No existe conflicto entre el manejo nacional y e) regional, ya que, ambos pueden avanzar juntos y ninguno puede esperar hasta que el otro sea perfecto.

2.1.6. Bajo la ley internacional, Cuba es responsable de la población F. Imbricato, dentro de sus agitas jurisdiccionales, las cuales poseen un estimado del 32% de todo el habitat coralino en el Caribe. Esta población de E. imbricata en aguas Cubanas, reúne los criterios para el Apendice II (Anexo 2a de la Resol, Conf. 9,24) y no para el Apéndice 1 (Anexo 1 de la Resol. Conf 9.24), Lontinado en cuenta las "Midas Precautorias" (Anexo 4 de la Resol. Conf. 9.24). La transferencia hacia el Apéndice II contribuira, 4 a los esfuerzos de conservación nacional de Cuba y consolidará el manejo responsable de una porción significativa de la población del Caribe de E. Imbricata.

2.1.7. El comercio legal estrictamente controlado desde Cuba creara necesariamente un Incentivo para que otras naciones de la región inviertan en la conservacion y el manejo de E. imbricata y continuara fortaleciendo las obligaciones de Japón para suprimir el comercio ilegal. Criticar y penalizar a Cuba por los esfuerzos responsables de conservación, dificilmente llevará a mejorar la inversion en la conservación regional El anterior comercio legal de Cuba no estimuló el comercio ilegal ni el almacenamiento de las conchas, como tampoco puede esperarse que suceda con un futuro comercio legal. La intención de Cuba de preservar esta Propuesta ha estimulado el interés regional en la investigacion, cooperación y el mejoramiento de la conservacion y no precisamente al comercio ilegal y el almacenamiento.

2.2. Perspectiva Nacional

2.2.1. Las existencias de conchas almacenadas en Cuba, desde 1993, son un sudproducto de un programa nacional de Conservacion y manejo implementado por el Gobierno de Cuba, de acuerdo con las leyes nacionales, derechos de soberanía y las leyes internacionales (Soberanía Permanente sobre los Recursos Naturales, Asamblea General de las Naciones Unidas, Resolución 1803 XVII) (14 de diciembre de 1962); Declaración de los Derechos para el Desarrollo, Asamblea General de las Naciones U~, Resolución 41/128 (4 de diciembre de 1996), Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Habitat Humano, Principio 21, 16 de junio de 1972 (Declaracion de Estocolino); Ley del Mar de las Naciones Unidas, 2 de diciembre de 1982). Las conchas almacenadas son consecuencia del manejo cubano y han sido obtenidas legalmente en aguas de Cuba y pertenecen al Estado Cubano.

2.2.2. Cuando Cuba se adhirió a la CITES en 1990, contaba con un programa nacional de manejo para la conservación de las tortugas marinas, que sustentaba la captura que se efectuaba con fines de alineacion. La captura de tortugas marinas se realiza en Cuba desde los tiempos preispanicos (1500), y es a partir de la década de los años 60 que se inicia un control efectivo sobre el uso y el consumo de las mismas. Entre los ~ 1969 y 1990 el uso y consumo fueron estrictamente controlados por el Ministerio de la Industria Pesquera (MIP) usando para ello cuotas de captura, anual, vedas, monitoreo y ajusta del esfuerzo peaquero (ROC 1998, Carrillo et al 1999). Este nivel de captura (promedio 4744 ejemplares de E. Imbricatas por año) fue mantenida por mas de dos décadas (Fig. 1).

[figura no disponible]

Figura 1. Datos de captura (numero de individuos) para E. Imbricata en Cuba. Cuba redujo su captura histórica (1991-1994) pan ajustarse a las situaciones económicas cambiantes y contribuir a los esfuerzos de conservación regional, la población silvestre era abundante. Cuba persigue exportar la de concha de E. Imbricata almacenada desde 1993 y en lo adelante, que se deriva de su programa de manejo, lo que incluye el periodo de disminucion voluntaria y la captura la cual de acuerdo con la motodologia de manejo adaptable puede ser mantenida indefinidamente.

2.2.3. Cuba se adhirió a CITES, Presentó una reserva sobre E. imbricata, prevista por el Articulo XXIII de la Convención, es base a que la población silvestre de esta especie era obviamente abundante en aguas cubanas, y no reunía los criterios para estar en el Apéndice 1. En 1976 cuando las Partes listaron la E. Imbricata en el Apéndice I esta población no fue tomada en mienta ni tampoco en las evaluaciones del estado global Presentada por la IUCN, (Meylan y Donnelly, 1999).

2.2.4. Entre 1990 y 1994 Cuba enfrentó severas restricciones economicas lo cual provocó la reorganización de la infraestructura de pesca. En consecuencia la captura de tortugas marinas fue disminuida deliberadamente a pesar de ser abundante el recurso, de modo que ese esfuerzo pesquero pudiera ser dirigido a pesquerías de mayor valor exportable. En 1994, como un esfuerzo para contribuir a la conservación regional, Cuba voluntariamente restringió sus sitios de Captura de tortugas marinas a menos del 1% del habitual disponible. Esto es a dos comunidades locales con larga tradición de captura de tortugas marinas. Ya en 1995, la captura tradicional fue reducida de unos, 4744 individuos como promedio anual (1968-1990) a usa promedio de 406 (1995 - 1998), con un tope máximo de 500 individuos por año entre ambas comunidades, La carne resultante es distribuida por el Estado a restaurantes y hospitales maternos.

2.2.5. La captura tradicional proporciona datos definitivos para el monitoreo de la sustentabilidad y, los resultados hasta la fecha son consistentes con una captura sostenible. Los juveniles son abundantes en los sistemas arrecifales cubanos, la talla media de las tortugas capturadas se mantiene estable o se incrementa y el número de nidos tambien es estable o se incrementa. Las poblaciones en los países vecinos son estables o se incrementan aunque algunas pueden haber disminuido respecto a su abundancia histórica (Meylan y Donnelly 1999).

2.2.6. Cuba continúa desarrollando un importante esfuerzo, en las investigaciones y vinculadas a la dinamica de poblaciones genetica, biología general y ecologia, lo que aporta nuevas informaciones al conocimiento regional y global de esta especie.

2.2.7. Debido a que E. imbricata es abundante en algunas partes del Caribe, incluyendo Cuba, y debido a que la mayoría de lis naciones de] Caribe dependen de la pesca comercial como un foco primario de su actividad económica, la captura incidental de E. imbricata esta extendida en la región. Esta es inevitable y crea un dilema para el manejo en todas las naciones, En Cuba, los ejemplares de F. Imbricata capturados vivos en las operaciones pesqueras deben ser liberados. Por otra parte, los ejemplares capturados muertos son tratados de dos formas:

  1. Dentro de los dos sitios de captura tradicional mueren en las pesquerías de peces, de batoideos y en las capturas para los estudios de marcado "fuera de temporada", alrededor de 20 individuos por año (la mayoría juveniles). Estos individuos se identifican como "captura incidental para los propositos de la recolección de datos, pero se tratan como parte de los 500 individuos anuales de la cuota de los dos sitios combinados.
  2. Fuera de los dos sitios de captura tradicional, la captura incidental se trata de la misma minera que en la mayoría de las otras naciones del Caribe. Es ¡lega) poseer partes de E. imbricata obtenido como captura incidental La concha derivada de la captura incidental no puede ser vendida legalmente, ni puede ser almacenada, para su exportacion eventual, usualmente se desecha. Existe un aparato legal fuerte que_desestimula en los pescadores el incremento de las captura bajo la apariencia de captura incidental, Pero esto a su vez hace difícil la cuantificacion Precisa del alcance de la captura incidental. Los datos hasta el Momento indican que en toda. Cuba puede ocurrir una captura incidental inferior a 400 individuos anuales, principalmente juveniles.

2.2.8. Las existencias de las conchas acumuladas en el almacén Estatal desde 1993, cuando ceso el comercio con Japón provienen de la captura legal la cual esta sujeta a un plan de manejo y conservacion, implementando por la República de Cuba, y han sido meticulosamente registradas y almacenadas, utilizando un sistema riguroso de marcado y control que excede los requerimientos de CITES.

2.2.9. A pesar de las reconocidas lagunas era el conocimiento de todas las especies de tortugas marinas (Meylan 1982: Chapoulka and musik 1997; Carrillo et. al. 1998e., 1999) la población que soporta la captura cubana es grande Se estima conservadoramente un tamaño de población de 110 095 individuos mayores de un año que incluye 5865 adultos (AACC, 1998); Carrillo et al 1998e, 1999), pero algunas autoridades plantean que la población puede ser mucho mayor (Do¡ et al. 1992; Heppell et al. 1995; Heppell and Crowalef 1996).

2.2.10. La captura tradicional no involucra taita infraestructura costosa, no puede esperarse que presione la creación de incentivos comerciales para pescar insosteniblemente en el futuro.

2.2.11. Cuba ha tratado de encontrar posiciones comunes con organizaciones filosóficamente opuestas al uso de las tortugas marinas, incluyendo al Grupo de Especialistas de Tortugas Marinas de la IUCN (MTSG). Cuba ha contribuido a los talleres de la IUCN revisando los criterios para las categorias de amenazadas y ha propiciado la revisión de su programa de manejo, por instituciones y organizaciones no asociadas al programa, como la IUCN y otros.

2.2.12. El objeto la propuesta Cubana a la COP11 no es incrementar su nivele de captura actual. La misma simplemente permitira aprovechar subproducto legalmente adquirido El beneficio económico que se recibirá producto de la exportacion de las conchas aportara recursos apreciables para el mantenimiento de los programas de conservación, investigacion, monitoreo, educacion, entretenimiento, intercambio cientifico a niveles nacional, regional y mundial, así Como proveerá beneficios sociales a la población cubana derivados del uso sostenible de un recurso natural renovable en correspondencia con la política de la IUCN y el Convenio sobre la Diversidad Biológica.

2.2.13. Una vez aprobada por las Partes la propuesta Cuba:

  1. Retirará su reserva sobre E. imbircata dentro de los 90 días, de acuerdo con el Anexo 4. Párrafo B3 de la Resolucion Conf. 9.24
  2. Organizará bajo el control de la Secretaría de CITES la exportacion inmediata de las existencias de conchas provenientes del Programa de, Manejo en Cuba en un embarque a Japón, donde habrá controles igualmente estrictos, y donde no tendrá lugar re-exportacion alguna.
  3. Mantendrá la limitación de la captura tradicional de F. Imbricata a un máximo de 500 individuos por año y asegurará que las comunidades locales reciban beneficios por esta actividad.
  4. Realizara el comercio internacional de las conchas producidas por la captura tradicional se realizará, en lo que resta del año 2000 y en los años subsiguientes, con Japon u otras partes que nos las re-exportaran y que dispongan de Controles similares.
  5. Luego de que se reciban los beneficios de la venta de las existencias de conchas, se asegura el financiamiento pira satisfacer las obligaciones de conservacion, manejo investigaciones hechas en esta propuesta.
  6. Enviara a la secretaria CITES un informe anual sobre la conservacion, manejo e investigaciones de E. Imbricata en Cuba, que incluirá detalles del tamaño de la captura y de los resultados del manejo y las investigaciones
  7. De acuerdo al financiamiento disponible, continuara apoyando los esfuerzos regionales pira conservar y manejo las tortugas marinas a través de programas de entrenamiento, otra reunión regional y la participación en foros regionales.
  8. Proveerá a la 12da. Conferencia de las Partes de un informe completo sobre la conservación y el manejo de F.- imbricata en Cuba, y específicamente, la información pertinente al Articulo IV2 (a) de la Convención, la cual establece que "el uso no perjudique."

Turtle Happenings

Last modified 99/10/23
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